El Sr. Oscar Camero, en nombre de la mencionada organización social inquilinaria del lugar, acudió a la inspección y se encontró con un trío de funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana adscritos a la parroquia Santa Teresa, quienes habían sido avisados para prestar colaboración en el sitio. El lugar estaba cerrado y se podía conversar con el dueño y un presunto miembro del colectivo a través de las rejas.
Al hacer el ingreso y constatar la aparente calma del lugar, se conversó brevemente con los inquilinos del hospedaje, con un vocero inquilinario de nombre Alexis Zambrano, C.I. XXXXXX, con el presunto miembro del colectivo no identificado y con el Sr. encargado. Se les informó sobre el marco legal existente en la materia inquilinaria y de la necesidad de canalizar los desacuerdos a través del ente rector en la temática, la SUNAVI, abriendo un expediente administrativo; se les dijo que lo mejor era mantener la calma, evitar violencias en nombre de la paz ciudadana y que, si aceptaban, las partes podían conversar en la SUNAVI al día siguiente a las 10:00 AM, acuerdo que aceptaron. Se entabló una comunicación con el Dr. Isaías Reverol, a cargo del Dpto. para los temas de desalojos de la SUNAVI a efectos institucionalizar el acuerdo.
El Sr. Camero hace firmar un acta y recibe antes de retirarse la siguiente información de parte de los inquilinos:
· Presuntos pistoleros del colectivo sometieron a la población inquilinaria a un hostigamiento con rondas de vigilancia en los pasillos
· Les fueron violentados la intimidad de sus habitaciones y les fueron robados teléfonos, televisores y dinero efectivo.
· Presuntamente dos mujeres, Josefa Guevara y Gregoria Guevara, hermanas residentes en el sitio, habían sido desde temprano desalojadas. Información no confirmada por la premura y hora alta de la noche.
Al día siguiente, 11 de febrero de 2016, a las 10:00 AM, como se había pautado, acude a la SUNAVI sólo la parte inquilinaria en la persona de Alexis Zambrano junto a acompañantes, faltando a la cita el ciudadano encargado, Rafael Silva. Ellos reciben información y son atendidos por el Dr. Isaías Reverol.
La cita en la SUNAVI de los afectados confirma que, en efecto, las señoras mencionadas habían sido desalojas y habían pernotado en la calle. Se concierta su restitución entre la SUNAVI y la Red Parroquial de Inquilinos-San Juan para horas de la tarde.
De inmediato la Red Parroquial de Inquilinos-San Juan activa una convocatoria en la comunidad vía mensajes de texto para apoyar a la institución en la ejecución de la medida, con punto de concentración frente a Intendencia Militar. A las 3:30 PM se acudió al sitio, la SUNAVI en las personas de Isaías Reverol y Franklin Quiñones, las personas por la comunidad firmantes en el acta de archivo y los arrendatarios del hospedaje, unas cuarenta personas, aproximadamente, además de una patrulla de la Policía Nacional Bolivariana (PNB, 8 agentes) a cargo del funcionario Jorge Castro, Jefe de Cuadrante San Juan.
Se entablo un diálogo entre los funcionarios de la SUNAVI, las hermanas restituidas, el vocero arrendatario del hospedaje, el Sr. Rafael Silva, el funcionario policial Jorge Castro, el ciudadano Luis Miguel Uzcátegui, C.I. XXXXXX, por el Colectivo San Juan y el Sr. Oscar Camero, además de los presentes ubicados en un recinto al frente del hospedaje. Se habló y se acordó en general lo que sigue:
· la restitución de las dos ciudadanas
· el reconocimiento de la comunidad arrendataria del Sr. Silva como propietario a efectos de que reciba los pagos del canon de arrendamiento cuando no se canalicen por la SUNAVI, y a efectos administrativos del lugar
· la realización de un censo en la comunidad arrendataria, constituida por ocupantes de 47 habitaciones, a efectos de determinar su estatus en la SUNAVI, su registro, sus pagos, etc.
· Priorizar el trabajo de orden público de la PNB en cuanto a ser la primera en ser llamada en caso de irregularidades por encima de la propuesta del ciudadano Uzcátegui, quien refirió ser partícipe como colectivo en los hechos "EPA" (un urbanismo en la Av. San Martín) y quien propuso detener, bloquear su entrada a la pensión y cachear al inquilino que llegue después de determinada hora o en estado de ebriedad o escandalice a altas horas nocturnas. Se conversó que tal papel corresponde a los órganos competentes en la materia, como lo es la PNB, y en última instancia a la conciencia ciudadana misma, bajo los preceptos personales de libertad ciudadana, a la comunidad organizada inquilinaria como persona mayor de edad, dueña y responsable de sus actos. Se consultó a los presentes y absolutamente rechazaron cualquier tipo de tutela proveniente del mencionado colectivo.
· A pesar de las denuncias de robo y violentamiento de las habitaciones, en aras de llegar a un acuerdo y no filtrar elementos controvertidos, no hubo reconocimiento oficial en la asamblea de los tales ilícitos. No obstante, fuera de reunión, algunos personeros del colectivo se comprometieron a investigar y devolver lo sustraído del hospedaje. Acótese, además, que la inspección en las
habitaciones mostraron evidencias de sustracción y violencia.
Finalmente el Sr. Camero hace cierre de la jornada dirigiendo unas palabras a la comunidad en cuanto a mantener el orden, valerse de la ley conociéndola, destacando la presencia de la SUNAVI y de la PNB, e invitando a los presentes a asistir a las asambleas de inquilinos que se realizan semanalmente en el teatro Cantaclaro, a una cuadra de la estación metro Capuchinos, los días jueves a las 5:00 PM.
Por la organización social se levantó la siguiente acta, firmada por 35 personas asistentes al evento:
"RED PARROQUIAL DE INQUILINOS
SAN JUAN - CARACAS
ACTA
En el día de hoy, 11 de febrero de 2016, siendo las 3:30 PM, nos apersonamos como organización social en el Hospedaje El Paladín, ubicado entre esquinas Pepe Alemán y Delicias, nº 53, parroquia San Juan, Caracas, para restituir en su vivienda a los Sres. (as) Josefa Guevara, C.I. XXXXXXX, y Gregoria Guevara, C.I. XXXXXXX, desalojadas por el Sr. Rafael Silva, C.I. XXXXXXX, propietario ( ) o administrador (x) del inmueble mediante un procedimiento no apegado a la ley. Presentes en la acción estuvieron las siguientes autoridades: SUNAVI: Isaías Reverol y Franklin Quiñones, por el orden público Jorge Castro, Jefe de Cuadrante parroquia San Juan, más la firma debajo de todos los parroquianos presentes.
Conformes, firmando y apuntando números de cédula de identidad:
Josefa Guevara, Gregoria Guevara, Isaías Reverol, Franklin Quiñones, Rafael Silva, Luis Miguel Uzcátegui, Jorge Castro, Alexis Zambrano, Oscar Camero.
Firmas de la comunidad (en archivo):"
-- Oscar J. Camero, @animalpolis
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