viernes, 14 de agosto de 2015

1ª ASAMBLEA DE INQUILINOS, PARROQUIA SAN JUAN, CARACAS

ACTA
El día miércoles 12 del mes corriente, de 5:20 a 7:30, en el Teatro Cantaclaro, tuvo lugar la primera reunión de inquilinos en la parroquia San Juan convocada por organizaciones sociales de la comunidad (UBCh, Consejo comunal) y el Movimiento de Inquilinos, de cual son voceros Oscar J. Camero y Yelisse Parada, organizadores del evento.
Una semana antes se convocó mediante carteles a la comunidad de San Juan, sólo en el plano central, entre Av. Baralt y San Martin, quedando pendiente extender la convocatoria para Artigas, San Martin, Guarataro, etc.  Se acudió al diario Últimas Noticias para pedirle apoyo en que hiciera una convocatoria global en la sección "La voz del lector", petición que finalmente no publicó, esperándose que en cualquier momento la publiquen.  No obstante, a la reunión acudieron unas 80 personas.  El auditorio tiene capacidad para 250.
Se hizo invitación formal, mediante oficios, a la Policía Nacional Bolivariana, que asistió representada por el Jefe de Cuadrante San Juan, Jorge Castro; a la Milicia Nacional Bolivariana, que no asistió; y a la Superintendencia Nacional de Vivienda (SUNAVI), que delegó en Franklin E. Quiñones su participación.
La reunión estuvo a cargo del Sr. Oscar J. Camero en la ponencia del temario, complementada con intervenciones de la ciudadana Yelisse Parada.  Tuvo una duración de dos horas, incluido el tiempo dedicado al derecho de palabra.
Se estructuró de la siguiente forma a grandes rasgos (agenda):
(a)  Exposición del tema de la reunión
(b)  explicación de un gráfico y
(c)  derechos de palabra
Se detalló del siguiente modo (ver materia desarrolla al final):
(1)   Presentación de organizadores
(2)   Saludos institucionales
(3)   Objetivos de la reunión
(4)   Breve historia del hecho inquilinario
(5)   Revolución inquilaria con la llegada de Hugo Chávez
(6)   Presentación de la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (LRCAV).
(7)   La vivienda como un derecho, como valor social y no como mercancía.
(8)   Papel rector de la SUNAVI en la materia
(9)   Particularidades evolutivas de la lucha en materia de vivienda:  los 100 edificios, la resolución 00042 y la figura de los refugios dignos.
(10) Problemas:  la decisión del TSJ (decisión del 3 de octubre de 2014), los 100 edificios, la resolución 00042, los refugios, la desinformación.
(11) Invitación a fundar en la comunidad una fuerte organización comunal capaz de realizar reuniones permanentemente, velar por el cumplimiento de la ley, conciliar entre partes en litigio, sostener el legado de justicia, organización y disciplina de Hugo Chávez.
(12) Explicación del soporte de participación comunitaria en materia inquilinaria, artículos 147 y 148 de la LRCAV.
(13) Propuesta de conformación de un grupo de trabajo activo, consecuente, conectivo, de asistencia recíproca en el sector.
(14) Explicación de gráfico "La ruta de legal del arrendatario y arrendador" (ver abajo).
(15) Derechos de palabra.
Hubo 11 derechos de palabras de 5 Min., en general preguntando sobre situación propia, sobre las pensiones, exponiendo críticas funcionales para la SUNAVI, exigiendo más apoyo de los funcionarios policiales, hablando sobre las figuras de los refugios, de censos, etc., clamando porque el arrendatario no quede en desamparo ante el incumplimiento de la ley.  A este respecto, dado el poco tiempo de reunión, se implementará un tiempo de tres minutos de intervenciones.
La asamblea asume, desde el mismo arranque de esta reunión primera, dos casos concretos para iniciar sus actividades de apoyo ciudadano:
(1)  El caso colectivo de la pensión "Raga" (50 inquilinos) y
(2)  el caso de una particular que vive en condiciones infrahumanas (junto a otras 30 personas) en otra pensión cuyo nombre es archivo confidencial de la asamblea.
Sugerencias para la próxima reunión:
(1)  llevar los casos enunciados en grande en papel bond, para el conocimiento de la asamblea.
(2)  Implementar logística para la compra de carpetas acordeón para archivo, papel bond, mensajería, impresiones.

El siguiente texto fue la hoja de ruta de la exposición, desarrollada en la reunión por el Sr. Oscar J. Camero:
-OBJETIVO:  HABLAR DE ARRENDATARIOS, ARRENDADORES Y ALQUILER, Y FORMAR UN GRUPO DE TRABAJO, UNA ASAMBLEA PERMANENTE, PARA AYUDAR EN LA PARROQUIA.

-EN MICRO TRAZAR ACCIONES QUE EN MACRO MOSTRARÍA LO QUE SE PUEDE HACER POR 600 MIL FAMILIAS O VIVIENDAS EN SITUACIÓN DE ALQUILER EN EL PAÍS (2,5 MILLONES DE PERSONAS)



-HISTORIA:  EL PASADO QUE GOLPEABA, DESALOJABA Y MANCILLABA:  ESTADO, JUECES E INSTITUCIONES CONTRA EL INQUILINO.  NO HABÍA UNA LEY.
-LA SITUACION ERA MANEJADA POR LA CÁMARA INMOBILIARIA, QUE HIZO LA LEY, Y QUE IBA, INCLUSIVE, CONTRA LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS.  SISTEMA DE MONOPOLIO CAPITALISTA, LEONINO Y CONTROLADOR:  CÁMARA INMOBILIARIA, CORPORACIÓN LÓGICA, SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, LOS COHEN, LOS DUEÑOS DE CIENTOS DE APARTAMENTOS Y EDIFICIOS DEDICADOS AL NEGOCIO (AMOS DEL VALLE).  DICHO PISO LEGAL, LÓGICAMENTE, NO PROTEGÍA AL INQUILINO NI DE LEJOS, COSA QUE HACE LA NUEVA LEY.



-LLEGADA DE LA REVOLUCIÓN. APERTURA, CONCEPTOS DE JUSTICIA, IGUALDAD, EQUIDAD Y, SOBREMANERA, PAGO DE LA DEUDA HISTÓRICA DEL ESTADO RESPECTO  EL PUEBLO APORREADO. 
-EMPIEZA UN PROCESO DURO DE LUCHA CONTRA ESTRUCTURAS NETAMENTE CAPITALISTAS, ENTRE LAS CUALES ESTABA (ESTÁ) LA VIVIENDA Y EL ALQUILER COMO UN NEGOCIO.  SE EMPIEZAN A MOVER LAS ESTRUCTURA CIMENTADAS CON LA LEY DE TIERRA EN LO RURAL Y, PARALELAMENTE, EN LO URBANO, SE EMPIEZA A CONCEBIR OTRA LEY PARA LO URBANO, LA CIUDAD, LA VIVIENDA, LOS ALQUILERES.  CTU, MOVIMIENTO DE POBLADORES, MOVIMIENTO DE INQUILINOS, ETC.
CONSTITUCIÓN:  ART. 47 (HOGAR INVIOLABLE) Y 82 (DERECHO A VIVIENDA DIGNA)



-ASÍ SURGE LA LEY PARA LA REGULARIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA (2011), PAPEL LEGAL Y PROCEDIMENTAL QUE RIGE LA MATERIA INQUILINARIA, ÚNICA EN SU GÉNERO EN EL MUNDO, CONSTRUIDA SOBRE LA BASE DE QUE EL SER HUMANO TIENE DERECHO A UNA CALIDAD DE VIDA ADECUADA, LO CUAL INCLUYE EL DERECHO A LA VIVIENDA, SEGÚN PACTO INTERNACIONAL DE DERECHO ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (ONU, 1966), Y SOBRE LA BASE DE QUE LA VIVIENDA Y SU PROBLEMA EN VENEZUELA ES UN HECHO DECLARADO COMO DE VALOR SOCIAL, AL MARGEN DE ACTIVIDADES MERCANTILISTA Y CAPITALISTAS.


-LA LEY PONE ORDEN, DICTA PROCEDIMIENTO, ACCIONES JUSTICIERAS, P.E., EN CUANTO A PERSONAS QUE TIENEN MUCHO TIEMPO VIVIENDO EN CONDICIÓN DE ALQUILER EN UN EDIFICIO.
OBLIGA A LA DEFINICIÓN DE LA RELACIÓN ARRENDATICIA, CON LA ESTIPULACIÓN OBLIGATORIA DE UN CONTRATO; DEFINE DERECHOS Y OBLIGACIONES TANTO DE ARRENDATARIOS COMO DE ARRENDADORES; LO QUE ES UN PEQUEÑO Y PROPIETARIO O MULTIARRENDADOR; CALCULA EL PRECIO DE JUSTO VALOR DE LOS INMUEBLES, EVITANDO QUE LA ACCIÓN LA HAGAN LOS ARRENDORES, COBROS LEONINOS; DEFINE PROCEDIMIENTOS Y CONDICIONES PARA DESALOJOS, MEDIANTE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, RESPETANDO EL DERECHO HUMANO DEL SIN-TECHO; CREA LA FIGURA DEL REFUGIO PARA EL DESALOJADO; PROPONE MULTAS Y SANCIONES; REGISTROS, RECLAMOS, INSPECCIONES.

-EN FIN, LA LEY EVITA LA MERCANTILIZACIÓN DE LA VIVIENDA, DIFERENCIANDO AL PEQUEÑO ARRENDADOR (QUE NO ESTÁ OBLIGADO A VENDER) Y AL GRAN ARRENDADOR (QUIEN USA LA VIVIENDA COMO NEGOCIO), PROCURA LA OBSERVANCIA DEL DERECHO HUMANO Y QUE, BÁSICAMENTE, EN UNA RELACIÓN DE ARRENDAMIENTO EXISTA UN REGISTRO DE LA PARTES ANTE LA INSTITUCIÓN RECTORA Y UN CONTRATO DE POR MEDIO, ADEMÁS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE UNOS MONTOS DE ALQUILER CALCULADOS POR DICHA INSTITUCIÓN RECTORA.
LA INSTITUCIÓN RECTORA, CREADA POR LA LEY, SE LLAMA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA (SUNAVI), Y EL REGISTRO DONDE HABRÁN DE ARCHIVARSE LOS DATOS DE LOS ARRENDADORES Y ARRENDATRIOS SE LLAMA REGISTRO NACIONAL DE VIVIENDA.  DICHO REGISTRO APLICA PARA EL DISEÑO DE POLÍTICAS EN MATERIA DE VIVIENDA AL CONOCER EL HECHO ARRENDATICIO EN VENEZUELA Y LA NECESIDAD DE VIVIENDA.
-PARTICULARIDADES EVOLUTIVAS DE LA LUCHA:  EL PRESIDENTE HUGO CHAVEZ, EN EL TIEMPO DE DISCUSIÓN DE LA LEY, DEJÓ UN PUNTO DE CUENTA PAGANDO EL COSTO DE 100 EDIFICIOS, COMO UN PRIMER PASO EN LA CONQUISTA DEL ESPACIO URBANO POR EL INQUILINO.
POSTERIORME, HUBO UNA INTERPRETACION DE LA DISPOSICIÓN V DE LA LEY Y SE PRODUJO LA CONOCIDA RESOLUCIÓN 00042.
ACTUALMENTE SE AFINAN POLÍTICAS RESPECTO AL REFUGIO Y LA FORMA COMO UN INQUILINO SIN TECHO, EN SITUACIÓN DE DESALOJO, PUEDE OPTAR A LA VIVIENDA.


-PROBLEMAS: DECISIÓN DE CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, 3 OCTUBRE DE 2014, MAGISTRADA DEL TSJ, SALA CONSTITUCIONAL.  INTERPRETÓ Y DEDUJO PLAZOS DE LA LEY CONTRA EL DESALOJO Y LA DESOCUPACIÓN ARBITRARIA DE VIVIENDAS (GACETA OFICIAL 6 MAYO 2011):  6 MESES PARA DESALOJAR A UN INQUILINO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE TENGA REFUGIO O NO PORQUE EL PROBLEMA SERÍA DE LA SUNAVI, DE SU FALTA DE PRONUNCIAMIENTO EN LOS PLAZOS.
SE RESALTA QUE LA DECISIÓN VA CONTRA EL DERECHO HUMANO Y HACE ABSTRACCIÓN DE UNA FAMILIA VENEZOLANA ARROJADA A LA CALLE.
PROBLEMAS:  LOS 100 EDIFICIOS
PROBLEMAS:  LA RESOLUCIÓN 00042
PROBLEMAS:  LOS REFUGIOS
PROBLEMAS:  LA DESINFORMACIÓN (CIUDADANOS, CUERPOS DE SEGURIDAD, ETC).
¿QUÉ VAMOS HACER ACÁ?
CONOCERNOS.
CONOCER EL FENÓMENO PARA PROCURAR PAZ Y ENTENDIMIENTO ENTRE LA CIUDADANÍA.
FUNDAR UNA ASAMBLEA PERMANENTE CON EL SIGUIENTE OBJETIVO:
INDUCIR AL REGISTRO
CONCILIAR
VELAR PORQUE SE CUMPLA LA LEY Y LAS INSTITUCIONES CUMPLAN (DEL INQUILINO DEPENDE)
MANTENER EL LEGADO DEL COMANDANTE Y SU PUEBLO EN MATERIA DE VIVIENDA, HOGARES Y ALQUILERES


¿CÓMO?
LA LEY, EN SU ARTÍCULOS 147 Y 148 OBSERVA LA FIGURA DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES COMO INSTANCIAS CON LAS CUALES LA INSTITUCIÓN RECTORA ESTÁ OBLIGA A TRABAJAR PARA VIGILAR, PLANIFICAR, EJECUTAR Y CONTROLAR LA POLÍTICA NACIONAL EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO COMO PARTE DEL HECHO VIVIENDA Y HÁBITAT.
EN CONSECUENCIA, FORMAREMOS UNA ASAMBLEA PERMANENTE PARA ASISTIR A LA CIUDADANÍA EN LA MATERIA, YENDO AL SITIO, INSPECCIONANDO, CONCILIANDO E INDUCIENDO A LAS PARTES EN CONFLICTO EVENTUAL A DIRIMIR SUS PROBLEMAS ANTE LAS INSTANCIAS DE SEGURIDAD DE LA PARROQUIA PARA QUE FINALMENTE TODO PROCEDIMIENTO SE HAGA A DERECHO ANTE LA INSTITUCIÓN RECTORA.

-EL RETO:
FORMAR UN GRUPO OPERATIVO Y  PERMANENTE DE TRABAJO PARA ASISTIRNOS EN LA PARROQUIA
ACTIVARNOS TODOS, APOYÁNDONOS RECÍPROCAMENTE, ANTE CONTIGENCIAS EN EL ÁREA, VÍA MENSAJES DE TEXTOS, TANTO PARA ASISTIR A UN INQUILINO COMO PROPIETARIO VIOLENTADO EN SUS DERECHOS.
ADMINISTRARNOS:  CUBRIRNOS ENTRE TODOS LOS GASTOS Y LA LOGÍSTICA
ORGANIZARNOS:  MANTENER UNA PLANTILLA DE VOCEROS EN LA PARROQUIA CONSECUENTE CON LOS PROBLEMAS DE LA COMUNIDAD.



¿DONDE ENCAJA USTED PARA COOPERAR?
BIENVENIDO
 

El siguiente gráfico se explicó como la "ruta del arrendatario y el arrendador ante la ley":


Y las siguientes ofrecen una panorámica de la reunión.







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