jueves, 28 de julio de 2016

32ª ASAMBLEA DE INQUILINOS, PARROQUIA SAN JUAN, CARACAS



ACTA
El día jueves 21 de julio de 2016, siendo las 5:20 PM, en el teatro Cantaclaro (en la sala de la edificación y no precisamente dentro del auditorio),   ubicado entre San Pedro a Río, tuvo lugar la TRIGÉSIMO SEGUNDA (32) asamblea de inquilinos en la parroquia San Juan, convocada por la Red de Inquilinos-San Juan.  El mismo día antes de la reunión se convocó mediante mensajes de textos a quienes ya desde la primera reunión han quedado registrados como asistentes, teniendo en cuenta que aún no se ha extendido la convocatoria a sectores de San Juan hacia el oeste, como Artigas, El Calvario y sectores del suroeste, quedando pendiente extenderla progresivamente.  A la asamblea asistieron 25 personas, aproximadamente.
Vía mensaje de texto, se invitó a la Policía Nacional Bolivariana, que no asistió.
Agenda
(1) Apertura, bienvenidas, identidad, recordatorio de unidad y misión del equipo.
(2) Análisis político coyuntural a cargo de (derecho de palabra de 3 min):
(3) Lectura de acta de asamblea anterior. Lectura del acta de la asamblea 31.
(4) Conformación de agenda, verificación de nuevos y derechos de palabra directivos y asistentes (3 min para Pto. 4), intervenciones especiales (7 min para Pto 10), etc.
(5) Diligencias realizadas y punto de información general (prensa, novedades):
-Apoyo a la Sra. Sara Niño en CICPC, conversación con Inspectora Jefe, Atención de a la Víctima, casos de violencia (leer oficio)
-Oficio entregado a Jorge Castro
-Caso Vianey, inspección (Yelisse Parada)
(6) Pendientes, temas en desarrollo o propuestas a votar:
-Oficio a Sunavi por el caso José Tomás Orellana y Franklin Quiñones.
(7) Diligencias o acciones por realizar (ideas, propuestas):
--Censo a pensiones y de vieja data:  entregar invitación (grupo de trabajo)
(8) Logísticas, gastos.
(9)  Presentación de nuevos y derechos de palabra anotados previamente en el punto 4
(10) Tema principal, especial (derecho de palabra, 3 min):
-En el marco de Operación Luz Inquilinaria:  realización de pancartas el día sábado 23-7-2016.  Ponerse de acuerdo.
(11) Temas varios, punto abierto:  intervenciones especiales (7 min), comentarios, información diversa, rifas
(12) Atención nuevos casos particulares
Desarrollo
Lilian Vargas, vocera de la Comisión de Organización y Relaciones, abre la reunión a las 5:20 pm, dando la bienvenida y recordando el carácter unidad y reciprocidad de la Red de Inquilinos San Juan.
Por acordar una reunión operativa sobre la hechura de pancartas y revisión de unos cuantos oficios, no se realiza el análisis político de coyuntura.
Se lee acta de reunión anterior, la número 31, en resumen.
Se conforma esta agenda y se informa que no habrá intervenciones ni revisiones de casos porque la reunión será para acordar la elaboración de pancartas, y afinar detalles para una próxima reunión en tal sentido, el día 23 de julio de 2016.
Se recuenta el apoyo que recibió la ciudadana Sara Niño, del 23 de Enero, quien sufrió amenaza de un funcionario del CICPC, pariente del propietario donde vive.  El Sr. Oscar Camero, vocero de la Comisión de Organización y Relaciones, la acompañó en representación de la Asociación Red de Inquilinos San Juan, en compañía del Movimiento de Inquilinos, y se entrevistaron ambas organizaciones con la funcionaria Marlenis Rivas, Inspectora Jefe, Unidad de Atención a la Víctima, piso 2, casos de violencia.  Se acordó en esa reunión citar internamente a la funcionaria y conversar con ella, sin necesidad de que la Sra. Niño asista a dicha conversación.
Se relata, a propósito, el ardid de algunos funcionarios del CICPC, que aconsejaron a unos arrendadores autoflagelarse para inculpar a los inquilinos, hecho que sucedió, y fueron dichos inquilinos detenidos y encarcelados en el Palacio de Justicia.  El Sr. Camero refiere haber hecho acompañamiento, junto al Movimiento de Inquilinos, en el caso.
El siguiente es el oficio entregado al CICPC por el caso de la Sra. Sara Niño, dirigido a Douglas Rico.  En acta, oficio recibido.  Estimamos que, de repetirse el abuso de autoridad procedente de funcionarios, Inquilinos San Juan publicarán en prensa el oficio, para conocimiento público
Douglas Rico                                                                                                      15 de julio de 2016
Director General CICPC
Su despacho.

A LOS CUERPOS DE SEGURIDAD ANTE LAS ACCIONES DE DESALOJO APOYADAS POR FUNCIONARIOS EN LOS ÚLTIMOS DÍAS
Mediante el presente lo saludamos y le invitamos cordialmente a nuestras reuniones en las sedes de las diferentes organizaciones sociales que subscriben el presente.  En tales sitios los arrendatarios (inquilinos) de la parroquia nos reunimos para debatir nuestros problemas, ayudarnos en el marco de la ley y canalizar hacia las instituciones rectoras en materia de vivienda la problemática del sector. 
Hemos detectado las siguientes irregularidades en materia de acción policial al respecto:  el funcionario policial cuando acude a un hecho donde altercan arrendatario (inquilino) y arrendador toma partido y se une al arrendador dando inclusive plazos de desalojo al arrendatario.  Pero en particular, en relación al CICPC, tenemos denuncias concretas de funcionarios del organismo a su cargo participando de modo directo para incidir en desalojo de arrendatarios de manera arbitraria e interesada.  El último caso, en concreto, es el del funcionario Elvia Blanco Parra, en la calle Real del sector de La Cañada,, en el Núm. 199 del barrio Sucre,  23 de Enero, Caracas, cuya denuncia de abuso de poder cursa ya en las instituciones competentes. 
Al respecto, las organizaciones sociales en materia de vivienda aclaran:
(1)    Por ley, por disposición supra del Tribunal Suprema de Justicia (TSJ), los desalojos en el país, en cualquier instancia, sea Sunavi o tribunal, están suspendidos.
"[TSJ] SUSPENDE hasta tanto se resuelva esta acción en la definitiva, los desalojos forzosos, mientras la SUNAVI provea refugio o solución habitacional o se determine que el arrendatario tiene un lugar donde habitar. No podrá procederse al desalojo en aquellos casos en que el inmueble sea propiedad de multiarrendadores"
Ver sentencia 1171, Sala Administrativa del TSJ (17-08-2015), donde, además, se ordena específicamente lo siguiente a los cuerpos policiales:
"en aras de evitar que ocurran desalojos por vías de hecho o situaciones violentas, se ordena a los Cuerpos de policiales, nacionales, estadales y municipales competentes atender cualquier denuncia de hostigamiento contra los inquilinos, en especial aquellos casos en que se pretenda el desalojo por vías de hecho o las circunstancias sean propicias para dar lugar a hechos de violencia. Así se decide."
(2)    Ni el funcionario policial, ni el arrendador, ni cualquier otra institución que no sea la Superintendencia Nacional de Vivienda (Sunavi), están facultados para realizar o avalar desalojos.  Al respecto, el artículo 95 de la ley que rige la materia inquilinaria, es decir, la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, es clara en cuanto a que existe un procedimiento previo a cursarse en la institución rectora, ante la cual las partes en discordia deben acudir para canalizar institucionalmente su problema:
"El interesado [el demandante, el que quiera desalojar, así vaya a un tribunal] deberá consignar solicitud escrita, debidamente motivada y documentada, por ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, en la cual expondrá los motivos que le asisten para solicitar la restitución de la situación jurídica afectada."
                De manera que los casos y reclamos deben seguir un curso ante la institución rectora, (la Sunavi) y es tarea tanto de la policía como de cualquier otra institución, canalizar en concilio los casos hasta su instancia sin parcialización alguna, a menos que, fuerza mayor, existan situaciones de violencia que ameriten su acción neutralizante contra algún abuso entre las partes y perturbe la paz ciudadana.
Con mucho respeto, con gran deseo de unirnos en la misión de mantener la paz en nuestra patria,
le saludan con afecto
Oscar J Camero                                                                  Rosalba Pulgar
Red de Inquilinos San Juan-Caracas                               Movimiento de Inquilinos
/ 0424 1664126                                                                     /04269170204


C/C:  Lic. Inspectora Jefe, Marlenis Rivas.
Igualmente, por la misma razón, por casos donde han incurrido agentes policiales, se le dirige el siguiente oficio al Jefe de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), Octavio Izturde:
OCTAVIO IZTURDES                                                                          Caracas, 14 de julio de 2016
JEFE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA, PARROQUIA SAN JUAN
SU DESPACHO.
Mediante el presente los saludamos y le invitamos cordialmente a nuestras reuniones los días jueves a las 5:00 PM, en el teatro Cantaclaro, entre San Pedro a Río, parroquia San Juan, Caracas.  Allí los arrendatarios (inquilinos) de la parroquia nos reunimos para debatir nuestros problemas, ayudarnos en el marco de la ley y canalizar hacia las instituciones rectoras en materia de vivienda la problemática del sector.  Aclaramos que a nuestras reuniones asiste con regularidad el funcionario Jorge Castro, Jefe de Cuadrante, San Juan, Caracas, pero al parecer, como se verá abajo, es necesario que otros agentes a cargo en otras guardias, reciban más información en la materia..
Hemos detectado las siguientes irregularidades en materia de acción policial al respecto:  el funcionario policial cuando acude a un hecho donde altercan arrendatario (inquilino) y arrendador toma partido y se une al arrendador dando inclusive plazos de desalojo al arrendatario (tres meses, el último caso fue en la pensión Dinastía).  Fuera de los procedimientos asistidos por el funcionario jefe de cuadrante, Jorge Castro, hemos verificados tales anomalías con otros funcionarios.
Al respecto, la Red de Inquilinos San Juan aclara:
(1)    Por ley, por disposición supra del Tribunal Suprema de Justicia (TSJ), los desalojos en el país, en cualquier instancia, sea Sunavi o tribunal, están suspendidos
"[TSJ] SUSPENDE hasta tanto se resuelva esta acción en la definitiva, los desalojos forzosos, mientras la SUNAVI provea refugio o solución habitacional o se determine que el arrendatario tiene un lugar donde habitar. No podrá procederse al desalojo en aquellos casos en que el inmueble sea propiedad de multiarrendadores"

Ver sentencia 1171, Sala Administrativa del TSJ, donde, además, se ordena específicamente lo siguiente a los cuerpos policiales:
"en aras de evitar que ocurran desalojos por vías de hecho o situaciones violentas, se ordena a los Cuerpos de policiales, nacionales, estadales y municipales competentes atender cualquier denuncia de hostigamiento contra los inquilinos, en especial aquellos casos en que se pretenda el desalojo por vías de hecho o las circunstancias sean propicias para dar lugar a hechos de violencia. Así se decide."
(2)    Ni el funcionario policial, ni el arrendador, ni cualquier otra institución que no sea la Superintendencia Nacional de Vivienda (Sunavi), están facultados para realizar o avalar desalojos.  Al respecto, el artículo 95 de la ley que rige la materia inquilinaria, es decir, la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, es clara en cuanto a que existe un procedimiento previo a cursarse en la institución rectora, ante la cual las partes en discordia deben acudir para canalizar institucionalmente su problema:
"El interesado [el demandante, el que quiera desalojar así vaya a un tribunal] deberá consignar solicitud escrita, debidamente motivada y documentada, por ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, en la cual expondrá los motivos que le asisten para solicitar la restitución de la situación jurídica afectada.
                De manera que los casos y reclamos deben seguir un curso ante la institución rectora, (la Sunavi) y es tarea tanto de la policía como de cualquier otra institución, canalizar en concilio los casos hasta su instancia sin parcialización alguna, a menos que, fuerza mayor, existan situaciones de violencia que ameriten su acción neutralizante de algún abuso entre las partes y perturbe la paz ciudadana.
Con mucho respeto, con gran deseo de unirnos en la misión de mantener la paz en nuestra parroquia,
le saluda con afecto
Oscar J Camero
/ 0424 1664126
Comisión de Organización y Relaciones
Red de Inquilinos San Juan



Atención:  Supervisor Sojo, Policía Comunal, parroquia San Juan, Caracas.
Resaltamos que la asamblea ha trabajado en armonía con los funcionarios de la PNB, pero localizados casos de indebido proceder policial obligaron al oficio anterior.
Luego se pregunta por la presencia de la Sra. Vianey, con quien Yelisse parada había pactado una inspección, pero no se encontraba en el sitio (ella llega posteriormente, y se le ofrece conversación fuera de asamblea, dado al problema de tiempo planteado).
Se lee el siguiente oficio a dirigirse a la Sunavi, denunciando problemas con el Sr. Jose Tomás Orellana, quien presuntamente realiza inspecciones en nombre de la Sunavi sin trabajar para la Sunavi (delito), apoyándose, como dijo, en el nombre de otro funcionario, de nombre Franklin Quiñones:
CIUDADANO ROMÁN PINEDA                                                    Caracas, 23 de julio de 2016
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE VIVIENDA
SUNAVI, LAS MERCEDES.
SU DESPACHO.

Luego de saludarle y desearle éxitos en su gestión e importante misión para estabilidad de los venezolanos en materia de vivienda, la Asamblea de la Red de Inquilinos San Juan-Caracas, le expone lo siguiente, un extracto del acta de nuestra asamblea, donde se recibió la denuncia:
"17-06-2016:  Se presentó el Sr. José Tomás Orellana a la casa de la Sra. Santa Arias, en Horno Negro, San Juan.  El Sr., de profesión abogado, es ex funcionario de la Sunavi, y se presentó con una identificación en el domicilio de Santa.  Dijo que haría una inspección.  Mencionó al funcionario Franklin Quiñones, con quien hacía conjunto." (Ver relación en nuestro blog:  http://sanjuaninquilino.blogspot.com/2016/07/30-asamblea-de-inquilinos-parroquia-san.html)
De acuerdo a lo pautado, esta inspección debía hacerse con Defensa Pública y los Bomberos presentes.
Presentamos a su instancia dicha irregularidad a efectos de obtener alguna explicación debido a que la acción, hecha por una persona que no pertenece a la Sunavi pero que se apoya en otra que sí pertenece, y sin el acompañamiento debido institucional, puede interpretarse como una situación de hostigamiento en la persona de la arrendataria, quien hace un tiempo fue acosada por el propietario junto a un colectivo armado y violento.  La persona que se presentó en el sitio no tiene cualidad institucional por más que se diga en representación de un funcionario.
Es de anexar, además, otra irregularidad:  el día 30-6-2016, el inspector Franklin Quiñones no realizó acta (o al menos no dejó copia) de la inspección hecha a la Sra. Santa Arias.  Quedó en entregarla luego, pero no hay respuesta.
Solicitamos, con todo el respeto que su investidura merece, aclaratorias o puestas de orden en el asunto, dado que en nuestra comunidad estamos muy pendientes con el caso de la mencionada.  Que alguien ajeno a la institución porte carné y se presente en nombre de la institución a su cargo es, mínimamente, un delito.
Sin otro particular,
La Asamblea de Ciudadanos
El oficio es firmado por la asamblea y acordado para su entrega.
Se acusa recibo de la Sra. María Contreras, quien consigna en la asamblea diligencia realizada ante la Sunavi pidiendo aclaratorias sobre el Sr. Carlos Becerra, presunto propietario de la pensión Yilcar, donde habita.  También se anexa su queja respecto a la inspección al oficio que se entregará a Sunavi.

Se entrega publicidad a cada presente para convocar a las pensiones e informarles de la necesidad de censarlas, de cara a la obtención de una data para presentarla en la Mesa Nacional de Arrendamiento de Vivienda.  Se habla de censo, de que cada quien en su cuadra estime cuántas pensiones hay y más o menos cuantas familias.  Yelisse Parada interviene y se compromete a traer información del formato a utilizarse para dicho censo, de manera que se acuerda distribuir la publicidad únicamente.  Se entrega también publicidad de invitación a las asambleas en el teatro Cantaclaro los días jueves, semanalmente, a las 5:00 PM
El ciudadano Héctor González recaba el aporte de los presentes a la asamblea y paga monto gastado por el Sr. Camero en papelería.
Y, finalmente, en el marco de la acción Luz Inquilinaria 2016, se habla de la elaboración de la pancarta de la organización para participar en acciones de calle el día 4 de agosto de 2016.  La reunión queda a cargo de la vocera Yelisse Parada y Lilián Vargas, y el Sr. Camero se retira a otros compromisos (datos pendientes de llenar acá).


--   Oscar J. Camero, @animalpolis

No hay comentarios:

Publicar un comentario